LFT Artículo 479 Federal de México
Ley Federal del Trabajo Federal
Artículo 479.
Incapacidad permanente parcial es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar.
Federal de México Artículo 479 Ley Federal del Trabajo
Mejores juristas
Ciudad de Mexico
Сomentarios: 5
Duración total
Ciudad de México
Duración total
San francisco de Campeche, Campeche
Duración total
Duración total
Duración total
Los comentarios de los usuarios
Invitado
10/02/21 19:24:42
Si tengo una incapacidad parcial permanente por el imss al 60% puedo trabajar en otra cosa mi pensión es de 10000 y el trabajo que me ofrecen es de 4000 al nes
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios