Imprimir

Código Electoral Artículo 91 Estado de Aguascalientes


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Electoral Aguascalientes
Artículo 91.

Los Consejos Distritales Electorales tendrán las atribuciones siguientes:

I. Vigilar la observancia de este Código, la LGIPE, la LGPP y demás leyes relativas;

II. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y disposiciones del Consejo;

III. En caso de que el INE delegue esta función, aprobar el número y ubicación de las mesas directivas de casillas, así como nombrar a sus funcionarios, en los términos que establece la LGIPE y este Código;

IV. Registrar a los candidatos a diputados por el principio de mayoría relativa;

V. Realizar el cómputo distrital de la elección de diputados según el principio de mayoría relativa;

VI. Declarar la validez de la elección de diputados de mayoría relativa y expedir la constancia de mayoría a la fórmula de diputados electa por este principio;

VII. Integrar y remitir el expediente de la elección de diputados de mayoría relativa al Consejo, para los efectos de la asignación de los diputados de representación proporcional;

VIII. Realizar el cómputo distrital de la elección de Gobernador y remitir el expediente al Consejo;

IX. Solicitar, por conducto de su Presidente, apoyo de la fuerza pública para asegurar el desarrollo de sus funciones y del proceso electoral;

X. Registrar los nombramientos de representantes de partidos políticos y del candidato independiente ante el Consejo Distrital y en su caso, los de mesas directivas de casillas, así como de representantes generales de conformidad a lo establecido en la LGPP y este Código, y

XI. Las demás que le confiere este Código.



Estado de Aguascalientes Artículo 91 Código Electoral
Artículo 1 ...89 90 91 92 93 ...402

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse