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Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación Artículo 37 Federal de México


Derogado

Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación Federal
Artículo 37.

Los integrantes de la Junta, por voto mayoritario de tres de sus integrantes, nombrarán a quien fungirá como Presidente, quien desempeñará dicho cargo por un periodo no mayor de tres años, sin posibilidad de reelegirse. La ausencia temporal del Presidente será suplida por el integrante que la Junta determine.

La remuneración y prestaciones que reciban los integrantes de la Junta por el desempeño de su cargo serán equivalentes a las que perciban los subsecretarios de la Administración Pública Federal. El Presidente contará con una remuneración 7% mayor a la que corresponda a los demás integrantes. Esta disposición se realizará sujetándose a los límites de los tabuladores de percepciones que establezca la Cámara de Diputados, al aprobar el presupuesto de egresos de la federación para el ejercicio fiscal correspondiente.

Federal de México Artículo 37 Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación
Artículo 1 ...35 36 37 38 39 ...68

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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


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