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Código Administrativo Artículo 126 Estado de Chihuahua


Código Administrativo
Artículo 126.

Las condiciones generales de trabajo se fijarán en los reglamentos interiores respectivos y en ellos se determinarán las horas de labores, intensidad y calidad del trabajo, horas de entrada y salida, normas que deberán seguirse para evitar la realización de riesgos profesionales, disposiciones disciplinarias y forma de aplicarlas, fechas y condiciones en que los trabajadores deben someterse a exámenes médicos previos o periódicos y las demás reglas que fueren convenientes para obtener mayor regularidad, seguridad y eficacia en el trabajo.



Estado de Chihuahua Artículo 126 Código Administrativo
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A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?



Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?



qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol



No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,



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