Código Administrativo Estado de Chihuahua
Código Administrativo Estado de Chihuahua
- Artículo 1. Arts. del 1 al 72 Derogados
- Artículo 73. Trabajador al servicio del Estado es toda persona que preste a los Poderes...
- Artículo 74. La relación jurídica de trabajo reconocida por el artículo anterior se...
- Artículo 75. Los trabajadores al servicio del Estado se dividirán en tres grupos: I....
- Artículo 76. Los trabajadores al servicio del Estado deberán ser de nacionalidad mexicana...
- Artículo 77. En lo no previsto por este Código o disposiciones especiales, se aplicarán...
- Artículo 78. Los funcionarios, empleados y trabajadores del Estado prestarán siempre sus...
- Artículo 79. Tendrán capacidad legal para aceptar un nombramiento, para percibir el...
- Artículo 80. Serán condiciones nulas y no obligarán a los trabajadores aún cuando las...
- Artículo 81. Los nombramientos de los trabajadores deberán contener: I. El servicio...
- Artículo 82. El Estado tendrá la obligación de sufragar los gastos de viaje...
- Artículo 83. Las actuaciones y certificaciones que hubieren de hacerse con motivo de la...
- Artículo 84. La aceptación de un nombramiento obliga al cumplimiento de todas las...
- Artículo 85. En ningún caso el cambio de Gobernador o de cualquier otro funcionario de...
- Artículo 86. Para los efectos de este Código, es trabajo diurno el comprendido entre las...
- Artículo 87. La duración máxima de la jornada de trabajo diurno no podrá exceder de ocho...
- Artículo 88. La jornada máxima de trabajo nocturno será de siete horas.
- Artículo 89. La jornada mixta es la que comprende períodos de las jornadas diurna y...
- Artículo 90. Cuando necesitare aumentarse, en casos excepcionales, la duración de...
- Artículo 91. Por cada seis días de trabajo, disfrutará el trabajador cuando menos de un...
- Artículo 92. Las mujeres disfrutarán de un mes de descanso antes de la fecha que...
- Artículo 93. Son días de descanso obligatorio: 1o. de enero, El primer lunes de...
- Artículo 94. Los trabajadores disfrutarán de un período anual de vacaciones, de veinte...
- Artículo 94 bis. Los trabajadores al servicio de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y...
- Artículo 95. Las labores que por su naturaleza requieran una atención consecutiva durante...
- Artículo 96. Durante las horas de la jornada legal los trabajadores al servicio del...
- Artículo 97. Los pagos deberán efectuarse en el lugar en que los trabajadores presten sus...
- Artículo 98. Los salarios, honorarios o asignaciones de los trabajadores al servicio del...
- Artículo 99. Las horas de trabajo extraordinario se pagarán con un ciento por ciento más...
- Artículo 100. En los días de descanso semanario y en los de descanso obligatorio y...
- Artículo 101. En ningún caso los trabajadores al servicio del Estado percibirán un salario...
- Artículo 102. Se dará preferencia sobre cualquier otra erogación al pago de salarios de...
- Artículo 103. Al fallecer algún trabajador del Estado en servicio activo, jubilado o...
- Artículo 104. Es nula la cesión de salarios en favor de tercera persona, ya sea que se...
- Artículo 105. Son obligaciones del Estado: I. Proporcionar a los trabajadores las...
- Artículo 106. Son obligaciones de los trabajadores: I. Desempeñar sus labores...
- Artículo 107. La suspensión de los efectos del nombramiento de un trabajador al servicio...
- Artículo 108. Los trabajadores de base al servicio del Estado sólo podrán ser cesados o...
- Artículo 109. El sindicato de trabajadores al servicio del Estado es la asociación de los...
- Artículo 110. Sólo se reconocerá la existencia de un sindicato de trabajadores del Estado,...
- Artículo 111. Todos los trabajadores de base tendrán derecho a formar parte del sindicato;...
- Artículo 112. Los trabajadores de confianza, los eventuales y los extraordinarios no...
- Artículo 113. El sindicato de trabajadores a que se contrae este Código será registrado...
- Artículo 114. El registro del sindicato se cancelará en caso de disolución del mismo o...
- Artículo 115. Los trabajadores que por su mala conducta o falta de solidaridad fueren...
- Artículo 116. Queda prohibido todo acto de reelección dentro del sindicato.
- Artículo 117. El Estado no podrá aceptar en ningún caso la cláusula de exclusión.
- Artículo 118. Son obligaciones del sindicato: I. Proporcionar los informes que en...
- Artículo 119. Queda prohibido al sindicato: I. Hacer propaganda de carácter...
- Artículo 120. La directiva del sindicato será responsable con éste y respecto de terceras...
- Artículo 121. Los actos realizados por la directiva del sindicato obligan a éste...
- Artículo 122. El sindicato podrá disolverse: I. Porque haya transcurrido el término...
- Artículo 123. El sindicato de trabajadores al servicio del Estado se regirá por sus...
- Artículo 124. Todos los conflictos que surjan entre el Estado y el sindicato, serán...
- Artículo 125. Las remuneraciones que se paguen a los empleados del sindicato y, en...
- Artículo 126. Las condiciones generales de trabajo se fijarán en los reglamentos...
- Artículo 127. En caso de que el sindicato objetare substancialmente cualquiera de las...
- Artículo 128. Huelga es la suspensión temporal de labores como resultado de una coalición...
- Artículo 129. Declaración de huelga es la manifestación de la voluntad de la mayoría de...
- Artículo 130. La huelga puede ser general o parcial.
- Artículo 131. La huelga general es la que se endereza en contra de todos los funcionarios...
- Artículo 132. La huelga parcial es la que se decreta contra un funcionario o grupo de...
- Artículo 133. La huelga sólo suspende los efectos de los nombramientos de los trabajadores...
- Artículo 134. La huelga deberá limitarse al mero acto de la suspensión de trabajo. Los...
- Artículo 135. Para declarar una huelga se requiere: I. Que sea motivada por alguna o...
- Artículo 136. Antes de suspender las labores, el sindicato deberá: I. Formular por...
- Artículo 137. El Tribunal de Arbitraje deberá resolver dentro de un término de setenta y...
- Artículo 138. Si la declaración de huelga se considera legal por el Tribunal de Arbitraje,...
- Artículo 139. Si el Tribunal resuelve que la declaración de huelga es ilegal, prevendrá a...
- Artículo 140. Si la suspensión de labores se lleva a cabo antes del plazo señalado para...
- Artículo 141. La huelga será declarada ilegal y aun delictuosa, cuando la mayoría de los...
- Artículo 142. Si el Tribunal de Arbitraje resuelve que una huelga es ilegal, quedarán...
- Artículo 143. En tanto que no se declare ilegal, inexistente o terminado un estado de...
- Artículo 144. La huelga terminará: I. Por avenencia entre las partes en conflicto;...
- Artículo 145. Al resolverse que una declaración de huelga es legal, el Tribunal, a...
- Artículo 146. Los riesgos profesionales que sufran los trabajadores al servicio del...
- Artículo 147. Los trabajadores que sufran enfermedades no profesionales tendrán derecho a...
- Artículo 148. Las acciones que nazcan de este Código, del nombramiento otorgado en favor...
- Artículo 149. Prescribirán en un mes: I. Las acciones para pedir la nulidad de la...
- Artículo 150. Prescriben en dos meses las acciones para exigir la indemnización que este...
- Artículo 151. Prescriben en dos años: I. Las acciones de los trabajadores para...
- Artículo 152. La prescripción no puede comenzar ni correr: I. Contra los...
- Artículo 153. Las prescripciones se interrumpen: I. Por la sola presentación de la...
- Artículo 154. Para los efectos de la prescripción los meses se regularán por el número de...
- Artículo 155. El Poder Ejecutivo constituirá el Tribunal de Arbitraje del Estado y las...
- Artículo 156. El Tribunal de Arbitraje del Estado deberá ser colegiado y lo integran: un...
- Artículo 157. Para los efectos de este Capítulo se entiende por unidad burocrática la...
- Artículo 158. En caso de que ocurran vacantes o de que se hiciere necesario aumentar el...
- Artículo 159. El miembro del Tribunal no representante del Estado o de la organización de...
- Artículo 160. Para ser miembro del Tribunal de Arbitraje del Estado se requerirá: I....
- Artículo 161. Los miembros del Tribunal contarán con los secretarios que fueren necesarios...
- Artículo 162. Los gastos que origine el funcionamiento del Tribunal de Arbitraje y Juntas...
- Artículo 163. Las Juntas Arbitrales serán competentes para conocer de los conflictos...
- Artículo 164. El Tribunal de Arbitraje del Estado será competente: I. Para resolver...
- Artículo 165. El procedimiento para resolver todas las controversias que se sometan al...
- Artículo 166. La demanda deberá contener: I. El nombre y domicilio del reclamante;...
- Artículo 167. La contestación de la demanda deberá reunir los mismos requisitos que ésta,...
- Artículo 168. El Tribunal y las Juntas inmediatamente que reciban la contestación de la...
- Artículo 169. Los trabajadores deberán comparecer por sí o por medio de sus representantes...
- Artículo 170. Los funcionarios del Estado podrán hacerse representar por medio de...
- Artículo 171. El Secretario General o el de Conflictos del Sindicato, podrán tener...
- Artículo 172. El Tribunal y las Juntas apreciarán en conciencia las pruebas que se les...
- Artículo 173. Cualquier incidente que se suscite con motivo de la personalidad de las...
- Artículo 174. Las notificaciones se harán personalmente a los interesados por los...
- Artículo 175. El Tribunal sancionará las faltas de respeto que se le cometan ya sea por...
- Artículo 176. Toda compulsa de documentos deberá hacerse a costa del interesado
- Artículo 177. Los miembros del Tribunal o de las Juntas Arbitrales no podrán ser recusados
- Artículo 178. Las resoluciones dictadas por el Tribunal de Arbitraje serán inapelables y...
- Artículo 179. Las autoridades están obligadas a prestar auxilio al Tribunal de Arbitraje...
- Artículo 180. Las infracciones al presente Título y la desobediencia a las resoluciones...
- Artículo 181. Arts. del 181 al 683 Derogados
- Artículo 684. El sistema penal se organizará sobre la base de trabajo, la capacitación...
- Artículo 685. Toda persona que se encuentre en prisión preventiva y sujeta a un proceso...
- Artículo 686. Para la ejecución de sanciones privativas de libertad dictadas por las...
- Artículo 687. El tratamiento será individualizado, con aportación de las diversas ciencias...
- Artículo 688. La asignación del trabajo a los internos se hará tomando en cuenta sus...
- Artículo 689. A todo interno se le formará un expediente, en el que se incluirán los...
- Artículo 690. La educación que se imparta a los internos no tendrá sólo carácter...
- Artículo 691. En el reglamento interior del reclusorio se hará constar, clara y...
- Artículo 692. En el curso del tratamiento se fomentará el establecimiento, la conservación...
- Artículo 693. Sólo el Director del reclusorio podrá imponer las correcciones previstas por...
- Artículo 694. Los internos tienen derecho a ser recibidos en audiencia por los...
- Artículo 695. Se considera de interés público la creación de un Patronato para Liberados,...
- Artículo 696. Los edificios destinados a penitenciarías y cárceles serán organizados en...
- Artículo 697. El sistema de celdas se empleará, si fuere posible, en todas y cada una de...
- Artículo 698. En todas las prisiones se destinarán locales para refectorio, cocina,...
- Artículo 699. La dirección, vigilancia, disciplina y administración de los...
- Artículo 700. Para el adecuado funcionamiento del sistema penitenciario, en la designación...
- Artículo 701. En cada establecimiento carcelario habrá un director o alcaide, responsable...
- Artículo 702. Los directores y alcaides serán nombrados por el Ejecutivo o los Presidentes...
- Artículo 703. Los directores y alcaides darán cuenta dentro de los primeros cinco días de...
- Artículo 704. En las ausencias temporales o accidentales del director o alcaide de una...
- Artículo 705. Para ser nombrado subdirector o subalcaide se requieren los mismos...
- Artículo 706. Las faltas de los directores o alcaides serán sancionadas por la autoridad...
- Artículo 707. Para los efectos de la libertad preparatoria, los alcaides sólo podrán...
- Artículo 708. El incumplimiento de lo anterior será sancionado por la autoridad competente...
- Artículo 709. La Penitenciaría del Estado dependerá directamente de la Fiscalía General...
- Artículo 710. Serán consignados a la Penitenciaría del Estado todos los procesados y...
- Artículo 711. También serán internados en la Penitenciaría los reos cuyo ingreso ordenen...
- Artículo 712. Cada año, dentro de los primeros quince días del mes de enero, el Ejecutivo...
- Artículo 713. De acuerdo con las circunstancias y capacidad del edificio, los reos se...
- Artículo 714. Al ingresar a la Penitenciaría reos procedentes de fuera de la Capital se...
- Artículo 715. La inspección de la Penitenciaría, en lo que se refiere al régimen...
- Artículo 716. Las observaciones que las autoridades judiciales y municipales tengan que...
- Artículo 717. El personal de empleados de la Penitenciaría se compondrá de un Director, un...
- Artículo 718. Todos los empleados de la Penitenciaría tienen obligación de mantener...
- Artículo 719. El Director es el Jefe de la Penitenciaría y Administrador directo de la...
- Artículo 720. Para el desempeño de este empleo se requiere: conocimientos técnicos en...
- Artículo 721. El Director es responsable de la seguridad de los reos, de la conservación...
- Artículo 722. Son obligaciones del Director: I. Impedir estrictamente que los reos...
- Artículo 723. El Director será auxiliado, inmediatamente por el Subdirector, para el...
- Artículo 724. Corresponde al Director: I. Determinar la celda que debe ocupar cada...
- Artículo 725. Si en el interior del establecimiento se cometiere algún delito, el Director...
- Artículo 726. El Subdirector es el segundo Jefe de la Penitenciaría y el superior...
- Artículo 727. En todo lo referente al servicio interior, seguridad de presos y vigilancia...
- Artículo 728. El Subdirector será secundado en el desempeño de su cometido por el Jefe del...
- Artículo 729. El Cuerpo de Agentes de Seguridad tendrá a su cargo la vigilancia y custodia...
- Artículo 730. La fuerza federal o del Estado que cubra el servicio de guardia de la...
- Artículo 731. Este servicio se relevará: si es de fuerza federal, según lo determine la...
- Artículo 732. Cuando esta Guardia se cubra con fuerzas del Estado, el Comandante quedará...
- Artículo 733. Para todos los casos no previstos por este Título o su Reglamento, el...
- Artículo 734. Todos los procedimientos de la Dirección se ajustarán a las leyes del país y...
- Artículo 735. Las disposiciones estatales en materia de educación obligan, dentro de su...
- Artículo 736. Salvo lo dispuesto expresamente en este Código, el mismo no será aplicable:...
- Artículo 737. La educación que imparta el Estado de Chihuahua tenderá a desarrollar...
- Artículo 738. Es un servicio público la educación que en cualquiera de los tipos...
- Artículo 739. Se considera de interés público la educación de cualquier tipo que, en los...
- Artículo 740. En todo establecimiento de enseñanza pública existente en el Estado es...
- Artículo 741. Los habitantes del Estado tendrán iguales derechos en materia de educación y...
- Artículo 742. El Estado tiene las siguientes facultades y deberes en materia educativa:...
- Artículo 743. Es también obligación primordial del Estado sostener campañas permanentes...
- Artículo 744. Todos los Municipios deberán auxiliar permanentemente los servicios de...
- Artículo 745. Salvo lo especialmente dispuesto por ley, los reglamentos educativos...
- Artículo 746. El Estado impartirá, en el marco de sus posibilidades presupuestales, los...
- Artículo 747. La educación preescolar tiene por objeto despertar en los niños de cuatro a...
- Artículo 748. La educación preescolar estará controlada por una oficina que se...
- Artículo 749. Los jardines de niños funcionarán independientes de las escuelas primarias y...
- Artículo 750. La educación primaria comprende seis años y tiene por objeto contribuir...
- Artículo 751. La educación primaria se sujetará en lo general en los diversos grados y...
- Artículo 752. La educación primaria que imparte el Estado es obligatoria y gratuita para...
- Artículo 753. Funcionarán también en la Entidad centros de educación para adultos a...
- Artículo 754. La educación primaria oficial o incorporada al Estado estará unificada por...
- Artículo 755. En todas las escuelas primarias del Estado, además de la educación propia de...
- Artículo 756. Los centros de educación primaria para adultos desarrollarán el mismo...
- Artículo 757. La semana escolar será de cinco días contados de lunes a viernes y el...
- Artículo 758. La Dirección de Educación del Estado, mediante circular normativa...
- Artículo 759. La educación primaria para adultos se sujetará en lo general, a los términos...
- Artículo 760. La educación media tiene como fundamentales objetivos orientar la vocación...
- Artículo 761. Las escuelas de educación media en sus diferentes ciclos, adoptarán los...
- Artículo 762. Las escuelas de educación media expedirán únicamente certificado de estudios
- Artículo 763. Las escuelas de educación media expedirán únicamente certificado de estudios
- Artículo 764. Las escuelas comprendidas en el artículo anterior normarán sus trabajos de...
- Artículo 765. Se denominarán escuelas de educación media en su ciclo industrial y...
- Artículo 766. Las escuelas de educación media en el ciclo técnico agropecuario adoptarán...
- Artículo 767. La educación artística tiene por objeto encauzar las aptitudes que en este...
- Artículo 768. La educación artística se realizará en escuelas de artes plásticas, de...
- Artículo 769. Las escuelas de educación artística funcionarán con arreglo a planes y...
- Artículo 770. La educación especial tiene por objeto atender a los niños atípicos en sus...
- Artículo 771. El Estado organizará escuelas de educación especial para atender a los niños...
- Artículo 772. Las escuelas de trabajo social tienen por objeto la preparación de las...
- Artículo 773. Las prácticas de trabajo social se realizarán fundamentalmente en aquellas...
- Artículo 774. La educación profesional por lo que al sistema educativo del Estado compete,...
- Artículo 775. La Escuela Normal del Estado tiene por objeto la formación de los maestros...
- Artículo 776. La Escuela Normal del Estado orientará sus cátedras de trabajos de...
- Artículo 777. La Escuela Normal del Estado tendrá anexa una escuela primaria, con el...
- Artículo 778. Las prácticas intensivas deben hacerse fuera de la Capital con el objeto de...
- Artículo 779. Al terminar su carrera, los estudiantes normalistas recibirán una relación...
- Artículo 780. La Escuela Normal Superior organizará su acción pedagógica con base en los...
- Artículo 781. El Estado organizará las bases sobre las cuales coordinará su acción con las...
- Artículo 782. El Estado atenderá la campaña alfabetizante en coordinación con las agencias...
- Artículo 783. Para los fines pertinentes a la campaña alfabetizante aludida en el artículo...
- Artículo 784. Los Inspectores escolares del Estado prestarán su concurso en la supervisión...
- Artículo 785. Siendo la campaña de un contenido eminentemente popular, su financiamiento...
- Artículo 786. La organización y funcionamiento de los servicios educativos del Estado se...
- Artículo 787. El magisterio del Estado estará comprendido en las categorías establecidas...
- Artículo 788. Los inspectores escolares del Sistema Educativo Estatal se nombrarán,...
- Artículo 789. La categoría que ostenta un maestro no implica estrictamente el lugar donde...
- Artículo 790. El Presupuesto de Egresos del Estado consignará el sueldo que a cada...
- Artículo 791. Para ingresar como maestros del sistema escolar del Estado en cualquiera de...
- Artículo 792. El Estado considera altamente meritorio y honroso servir en el ramo de...
- Artículo 793. Los maestros de base y los de confianza con puesto base al servicio del...
- Artículo 794. El Estado reconocerá personalidad legal solamente a un sindicato mayoritario...
- Artículo 795. El maestro en servicio activo disfrutará de un seguro de vida por la...
- Artículo 796. En caso de fallecimiento de un profesor, se cubrirá la cantidad de mil...
- Artículo 797. Se establece el escalafón para los trabajadores de base al servicio del...
- Artículo 798. Los ascensos escalafonarios a que se refiere el artículo anterior, serán...
- Artículo 799. Tienen derecho a participar en los concursos todos los trabajadores de base...
- Artículo 800. Son factores escalafonarios los siguientes: I. Antigüedad en el...
- Artículo 801. En cada Unidad Burocrática se expedirá un Reglamento de Escalafón de acuerdo...
- Artículo 802. Las vacantes se otorgarán invariablemente a los trabajadores que...
- Artículo 803. Los factores escalafonarios se calificarán por medio del sistema a que se...
- Artículo 804. El personal al servicio del Estado será clasificado según las categorías...
- Artículo 805. En cada Unidad Burocrática funcionará una Comisión Mixta de Escalafón,...
- Artículo 806. El Ejecutivo del Estado expedirá los reglamentos escalafonarios y de...
- Artículo 807. Las facultades, obligaciones, atribuciones, procedimientos y derechos de las...
- Artículo 808. Los Jefes o Subjefes, en su caso, de las dependencias respectivas, tendrán...
- Artículo 809. Al tener conocimiento de las vacantes, licencias mayores de seis meses y...
- Artículo 810. El Reglamento determinará las bases conforme a las cuales se efectuarán los...
- Artículo 811. Las plazas de nueva creación iniciales y las de última categoría que...
- Artículo 812. Cuando se trate de vacantes temporales que no excedan de seis meses, no se...
- Artículo 813. Las vacantes temporales mayores de seis meses serán ocupadas por riguroso...
- Artículo 814. Las vacantes temporales que se originen por licencias con o sin goce de...
- Artículo 815. Los procedimientos para resolver las permutas y cambios de adscripción, así...
- Artículo 816. Las corporaciones religiosas, los ministros de los cultos, las sociedades...
- Artículo 817. Para que en el Estado de Chihuahua las instituciones privadas y los...
- Artículo 818. El Estado otorgará la autorización a que se refiere el artículo...
- Artículo 819. El Estado podrá revocar, previa audiencia, las autorizaciones otorgadas a...
- Artículo 820. Cuando la revocación de la autorización se pronuncie durante el transcurso...
- Artículo 821. Las instituciones privadas y los particulares no necesitan autorización del...
- Artículo 822. La transmisión de conocimientos o de principios que se realicen...
- Artículo 823. El Estado estimulará, por los medios a su alcance, el establecimiento de...
- Artículo 824. El Estado podrá celebrar con la Federación, con los Estados, Municipios y...
- Artículo 825. En los convenios de coordinación deberán fijarse con la mayor exactitud...
- Artículo 826. Los establecimientos sujetos a coordinación con el Gobierno Federal se...
- Artículo 827. Los estudios hechos en planteles dependientes directamente de la Federación,...
- Artículo 828. El reconocimiento de validez oficial a establecimientos particulares puede...
- Artículo 829. El Estado podrá retirar discrecionalmente su reconocimiento de validez...
- Artículo 830. La revalidación de estudios tiene por objeto que el Estado otorgue validez...
- Artículo 831. En las escuelas o establecimientos dependientes del Estado o de los...
- Artículo 832. Salvo las sanciones expresamente determinadas en este Libro y de los casos...
- Artículo 833. Salvo disposición expresa en contrario, los funcionarios y empleados...
- Artículo 834. Los Ayuntamientos y autoridades municipales tienen obligación de apoyar al...
- Artículo 835. Los Municipios podrán crear sobresueldos y pensiones para los profesores,...
- Artículo 836. Los Municipios cooperarán con el Estado en la vigilancia y conservación de...
- Artículo 837. Las autoridades municipales pueden tramitar cualquier sugestión que...
- Artículo 838. Los Municipios tienen obligación de vigilar la asistencia de los niños de...
- Artículo 839. Tienen obligación las autoridades municipales de cerciorarse de la...
- Artículo 840. Las autoridades municipales vigilarán la existencia de los patronatos pro...
- Artículo 841. El Estado organizará el desarrollo de las actividades deportivas y de...
- Artículo 842. Promoverá también el Estado la construcción de campos e instalaciones...
- Artículo 843. Es causa de excepción, para liberar a los que ejercen la patria potestad de...
- Artículo 844. Quienes ejercen la patria potestad, tutela o representación delegada de...
- Artículo 845. Quienes protegen en sus hogares a niños huérfanos o desamparados están...
- Artículo 846. Los jóvenes que hayan rebasado la edad escolar y no hubieren terminado sus...
- Artículo 847. Tienen los padres de familia la facultad de organizarse en asociaciones por...
- Artículo 848. Las escuelas del sistema educativo del Estado aprovecharán el término del...
- Artículo 849. Al término de cada ejercicio escolar se realizarán actos escolares para la...
- Artículo 850. Las escuelas estatales de todos los niveles educativos deben coordinar su...
- Artículo 851. Los artículos adquiridos con fondos procedentes de festivales o donativos...
- Artículo 852. Las escuelas que con fines de estimular el espíritu de ahorro en sus...
- Artículo 853. En el Estado de Chihuahua, como lo prescribe la Ley Federal de Reforma...
- Artículo 854. La parcela escolar deberá destinarse a la investigación, enseñanza y...
- Artículo 855. Los inspectores escolares vigilarán que el reparto que se haga de los fondos...
- Artículo 856. Los inspectores escolares estatales con jurisdicción en el medio rural darán...
- Artículo 857. En las escuelas oficiales del Estado podrán establecerse cooperativas de...
- Artículo 858. Los maestros de la escuela tendrán el carácter de asesores de las...
- Artículo 859. Los fondos serán cuidadosamente guardados y administrados, al término del...
- Artículo 860. En todo caso, las cooperativas quedarán sujetas a los reglamentos oficiales...
- Artículo 861. Arts. del 861 al 933 Derogados
- Artículo 934. El Ejecutivo del Estado cuidará de la exacta aplicación de la Ley Federal...
- Artículo 935. Derogado
- Artículo 936. Derogado
- Artículo 937. Derogado
- Artículo 938. Derogado
- Artículo 939. Derogado
- Artículo 940. Derogado
- Artículo 941. La Procuraduría de la Defensa del Trabajo quedará integrada por un...
- Artículo 942. Serán atribuciones de la Procuraduría: I. Representar o asesorar a los...
- Artículo 943. La Procuraduría de la Defensa del Trabajo podrá también resolver las...
- Artículo 944. En el desempeño de la misión que se confiere a la Procuraduría de la Defensa...
- Artículo 945. Las autoridades del Estado están obligadas a proporcionar a la Procuraduría...
- Artículo 946. La Procuraduría de la Defensa del Trabajo, por los conductos debidos,...
- Artículo 947. Los servicios que preste el personal de la Procuraduría a los trabajadores...
- Artículo 948. Para ser Procurador General del Trabajo se requiere: I. Ser...
- Artículo 949. Para ser Procurador Auxiliar se requiere: I. Ser mexicano, mayor de...
- Artículo 950. El Procurador General tendrá jurisdicción sobre todo el Estado, y podrá...
- Artículo 951. El Gobernador del Estado, por conducto del Departamento de Trabajo y...
- Artículo 952. Son atribuciones del Procurador General de la Defensa del Trabajo: I....
- Artículo 953. El Procurador y sus Auxiliares deberán eximirse de intervenir en los...
- Artículo 954. En los casos a que se refiere el artículo anterior, la Procuraduría sólo...
- Artículo 955. Serán atribuciones de los Procuradores Auxiliares: I. Iniciar y...
- Artículo 956. Arts. del 956 al 1267 Derogados
- Artículo 1268. Se declararán de utilidad pública la reparación y conservación de caminos...
- Artículo 1269. Son caminos del Estado los que comunican dos o más Municipios, siempre que...
- Artículo 1270. Se consideran como parte integrante de los caminos del Estado, sus obras de...
- Artículo 1271. El Ejecutivo del Estado gestionará y celebrará los arreglos necesarios con...
- Artículo 1272. Los caminos del Estado no se interrumpirán al cruzar poblaciones, para lo...
- Artículo 1273. La servidumbre de caminos para los efectos de este Código, será una faja de...
- Artículo 1274. El Gobernador del Estado, previos los trámites de ley, decretará la...
- Artículo 1275. Ninguna persona, corporación o autoridad podrá ejecutar en los caminos del...
- Artículo 1276. Para que los caminos y carreteras existentes puedan ser atravesados por...
- Artículo 1277. La construcción, conservación y reparación de caminos se hará con los...
- Artículo 1278. Para la construcción de caminos nacionales o locales dentro del Estado, en...
- Artículo 1279. El Congreso del Estado, en el presupuesto de egresos que cada año decrete,...
- Artículo 1280. La Junta Local de Caminos se integrará y funcionará con arreglo a las...
- Artículo 1281. Corresponde al Estado la reglamentación, control y vigilancia de la...
- Artículo 1282. La instalación y ejecución de las obras citadas dentro de los perímetros...
- Artículo 1283. El Gobierno del Estado de Chihuahua podrá negar el otorgamiento de la...
- Artículo 1284. Para gestionar el otorgamiento de la concesión o permiso a que se refiere el...
- Artículo 1285. El Gobierno del Estado de Chihuahua, tomando como base la importancia de la...
- Artículo 1286. El depósito a que alude el artículo anterior será devuelto al constituirse...
- Artículo 1287. Serán causas de caducidad de las concesiones o de revocación de los...
- Artículo 1288. El procedimiento para declarar la caducidad o revocación de las concesiones...
- Artículo 1289. Cuando del fallo se desprenda que el concesionario o permisionario dio...
- Artículo 1290. Los concesionarios o permisionarios convendrán expresamente en someterse al...
- Artículo 1291. La instalación de anuncios y obras con fines de publicidad no podrá...
- Artículo 1292. La instalación de anuncios o de obras con fines de publicidad en los...
- Artículo 1293. Los anuncios deberán llenar las siguientes características: I....
- Artículo 1294. Queda prohibido erigir o pintar cualquier anuncio, panel, bastidor, poste...
- Artículo 1295. Queda prohibido el uso en los textos de los anuncios, de las palabras alto,...
- Artículo 1296. Queda prohibido el uso de anuncios luminosos, de luces en las superficies de...
- Artículo 1297. No podrán instalarse anuncios estructurales, paneles, bastidores, postes...
- Artículo 1298. Queda prohibido hacer uso de los parapetos o pasamanos de las alcantarillas...
- Artículo 1299. El Gobierno del Estado de Chihuahua fijará en cada caso los derechos que...
- Artículo 1300. Cuando el Gobierno del Estado ordene sean retirados los anuncios instalados...
- Artículo 1301. La instalación de anuncios o la construcción de obras destinadas a la...
- Artículo 1302. La instalación de los anuncios y obras destinadas a la publicidad, materia...
- Artículo 1303. Se aplicará una multa hasta por la cantidad de mil pesos, a juicio del...
- Artículo 1304. El Ejecutivo del Estado, por conducto del Departamento de Comunicaciones y...
- Artículo 1305. El Ejecutivo del Estado, con propósitos de policía, culturales, de fomento a...
- Artículo 1306. Arts. del 1306 al 1346 Derogados
- Artículo 1347. Todo habitante del Estado de Chihuahua tiene el derecho de cultivar la...
- Artículo 1348. El Ejecutivo del Estado vigilará en lo que le corresponda la adecuada...
- Artículo 1349. El Ejecutivo del Estado, dentro de la esfera de su competencia, dictará las...
- Artículo 1350. Por conducto del Departamento de Agricultura se dictarán las medidas...
- Artículo 1351. Arts. del 1351 al 1451 Derogado
- Artículo 1452. El Poder Ejecutivo del Estado, dentro de los límites de su esfera de...
- Artículo 1453. El servicio estatal de Estadística se considera de utilidad pública y...
- Artículo 1454. El servicio estatal de Estadística se considera de utilidad pública y...
- Artículo 1455. Todo funcionario o empleado del Estado y de los Municipios, así como de las...
- Artículo 1456. Cuando lo estime conveniente, el Ejecutivo solicitará de la Secretaría de...
- Artículo 1457. Los habitantes del Estado están obligados a suministrar con veracidad y...
- Artículo 1458. Las infracciones al presente Código o a sus reglamentos se sancionarán...
- Artículo 1459. La violación del párrafo segundo del artículo 1457 será además, causa de...
- Artículo 1460. Arts. del 1460 al 1630 Derogados
- Artículo 1631. Las disposiciones de este título son aplicables a la actuación de los...
- Artículo 1632. Los funcionarios y empleados de la Administración Pública Centralizada y de...
- Artículo 1633. Todos los organismos, así como funcionarios y empleados de la Administración...
- Artículo 1634. Son elementos y requisitos del Acto Administrativo: I. Ser expedido por...
- Artículo 1635. El acto administrativo tiene a su favor la presunción de haberse emitido o...
- Artículo 1636. Salvo disposición expresa en contrario, los conflictos de competencia entre...
- Artículo 1637. Las cuestiones de competencia se tramitarán por la Secretaría General de...
- Artículo 1637 A. El servicio de depósito de vehículos consiste en la recepción, guarda y...
- Artículo 1637 B. El servicio lo prestará el Estado directamente o por conducto de personas...
- Artículo 1637 C. La autoridad competente para el otorgamiento de permisos, establecimiento de...
- Artículo 1637 D. Los permisos solo se otorgarán a personas morales creadas o...
- Artículo 1637 E. En la solicitud para el otorgamiento de permiso se indicará la denominación...
- Artículo 1637 F. Una vez verificado el cumplimiento de las exigencias previstas para el...
- Artículo 1637 G. En el permiso estará debidamente fundamentado y motivado su otorgamiento,...
- Artículo 1637 H. Los permisos se otorgarán por el término de quince años, pudiendo ser...
- Artículo 1637 I. Acordado el permiso, se señalará a la persona moral beneficiaria un término...
- Artículo 1637 J. La prestación del servicio de depósito vehicular se sujetará a una tarifa,...
- Artículo 1637 K. Los permisionarios que presten el servicio de depósito vehicular tendrán...
- Artículo 1637 L. Los permisos se cancelarán cuando: I. El que lo obtenga no preste el...
- Artículo 1637 M. Los permisos se extinguen: l. Por la extinción, liquidación, quiebra o...
- Artículo 1637 N. Bajo ninguna circunstancia se permitirá el depósito de vehículos que...
- Artículo 1637 Ñ1. Al momento de recibir un vehículo en depósito, el permisionario recibirá del...
- Artículo 1637 O. Si al momento de la entrega del vehículo, el propietario o quien acredite...
- Artículo 1637 P. Para hacer entrega del vehículo objeto del servicio, el particular deberá...
- Artículo 1637 Q. La Secretaría General de Gobierno, tendrá en todo momento la facultad de...
- Artículo 1637 R. En el supuesto de que el Ministerio Público determine que los vehículos...
- Artículo 1637 S. El remate de los bienes embargados se hará en pública almoneda, que se...
- Artículo 1637 T. El remate deberá ser convocado para una fecha fija dentro de los treinta...
- Artículo 1637 U. Es postura legal la que cubra las dos terceras partes del valor señalado...
- Artículo 1637 V. Fincado el remate de bienes muebles, se aplicará el depósito constituido y...
- Artículo 1637 W. Cuando no se hubiere fincado el remate en la primera almoneda, se fijará...
- Artículo 1637 X. Se aplicarán supletoriamente, en lo concerniente a los remates, las...
- Artículo 1637 Y. Los depósitos vehiculares de competencia federal, se sujetarán a lo...
- Artículo 1638. En los casos en que este Código no haya establecido recurso alguno para...
- Artículo 1639. El Gobernador del Estado estará facultado para revocar sus propias...
- Artículo 1640. Salvo disposición expresa en contrario, que otorgue el carácter de...
- Artículo 1641. La revisión ante el Gobernador puede solicitarla cualquier interesado o...
- Artículo 1642. Los procedimientos de revocación y revisión antes mencionados se tramitarán...
- Artículo 1643. La interposición de los recursos antes aludidos no suspende la ejecución del...
- Artículo 1644. Para la tramitación de los recursos administrativos, en contra de actos de...
- Artículo 1645. La revocación se decretará de plano, únicamente en los casos en que los...
- Artículo 1646. La caducidad, cancelación, rescisión o nulidad de permisos, autorizaciones,...
- Artículo 1647. Salvo previsión expresa en la ley o en el permiso, contrato, concesión o...
- Artículo 1647 bis. Asimismo, la Secretaría General de Gobierno, a petición de los funcionarios...
- Artículo 1647 ter. Contra las resoluciones dictadas en el procedimiento al que se refiere este...
- Artículo 1648. El patrimonio del Estado se compone: I. De bienes de dominio público; y...
- Artículo 1649. Son bienes de dominio público: I. Los de uso común; II. Las aguas...
- Artículo 1650. Son bienes de dominio privado del Estado: I. Las tierras y aguas de...
- Artículo 1651. Los bienes a que se refiere el artículo anterior pasarán a formar parte del...
- Artículo 1652. Los bienes del dominio público son inalienables e imprescriptibles y no...
- Artículo 1653. Corresponde al Ejecutivo del Estado: I. Declarar, cuando ello sea...
- Artículo 1654. Cuando a juicio del Ejecutivo existan motivos que lo ameriten, podrá...
- Artículo 1655. Las resoluciones a que se refiere el artículo 1508 podrán ser...
- Artículo 1656. Las concesiones sobre los bienes de dominio público no crean derechos...
- Artículo 1657. La nulidad, caducidad o rescisión de las concesiones sobre bienes del...
- Artículo 1658. Las concesiones sobre bienes de dominio público podrán rescatarse por causa...
- Artículo 1659. Los bienes de dominio público que lo sean por disposición de la autoridad y...
- Artículo 1660. Son bienes de uso común: I. Los caminos del Estado; II. Las...
- Artículo 1661. Cuando puedan enajenarse y se vayan a enajenar terrenos que habiendo...
- Artículo 1662. También corresponde este derecho al último propietario de un bien adquirido...
- Artículo 1663. Están destinados a un servicio público y por tanto se hallan comprendidos en...
- Artículo 1664. Se equipararán a los anteriores los afectos mediante decreto a actividades...
- Artículo 1665. Los bienes a que se refiere la fracción VII del artículo 1663 excepto los...
- Artículo 1666. Cuando una dependencia del Ejecutivo creyere conveniente la adquisición de...
- Artículo 1667. Cuando se trate de adquisiciones por vía de derecho público, tocará a la...
- Artículo 1668. Para destinar un inmueble propiedad del Estado a determinado servicio...
- Artículo 1669. No pierden su carácter de bienes destinados a un servicio público, los que...
- Artículo 1670. Los inmuebles destinados a un servicio público quedarán bajo la vigilancia...
- Artículo 1671. Si estuvieren alojados en un mismo inmueble propiedad del Estado, varias...
- Artículo 1672. La adquisición, posesión, conservación, administración y enajenación de los...
- Artículo 1673. Los bienes propios del Estado, no destinados a un servicio público, o que no...
- Artículo 1674. Los particulares pueden adquirir por prescripción los inmuebles de dominio...
- Artículo 1675. El Ejecutivo del Estado gestionará que el Gobierno Federal le ceda o enajene...
- Artículo 1676. La enajenación de los bienes inmuebles del Estado sólo podrá hacerse...
- Artículo 1677. La enajenación de los bienes a que se refiere el primer párrafo del Artículo...
- Artículo 1678. La subasta se hará sobre la base del avalúo que practique una institución de...
- Artículo 1679. La subasta se practicará el día y a la hora señalados, ante la autoridad que...
- Artículo 1680. Ninguna venta de inmuebles podrá hacerse fijando para el pago total del...
- Artículo 1681. Los compradores de predios del Estado no pueden hipotecarlos ni constituir...
- Artículo 1682. Cuando se trate de permutar bienes estatales, los que debe recibir el...
- Artículo 1683. La infracción de cualquiera de los preceptos anteriores provocará la nulidad...
- Artículo 1684. Los bienes de dominio privado pueden ser objeto de todos los contratos que...
- Artículo 1685. Los actos o contratos que tengan relación con los inmuebles de la Hacienda...
- Artículo 1686. La Hacienda Pública estará facultada para retener administrativamente los...
- Artículo 1687. Pertenecen al Estado todos los bienes muebles de las diversas dependencias...
- Artículo 1688. La adquisición, administración y enajenación de los bienes muebles de...
- Artículo 1689. Rige también respecto a los muebles de dominio privado lo establecido en...
- Artículo 1690. Acordada la destrucción de un mueble inútil para el servicio se dará de baja...
- Artículo 1691. La Secretaría de Hacienda llevará un Registro de la Propiedad Estatal
- Artículo 1692. El Registro de la Propiedad Estatal será público y los encargados de él...
- Artículo 1693. Se inscribirán en el Registro de la Propiedad Estatal: I. Los títulos...
- Artículo 1694. No se hará inscripción de los bienes del dominio público sino cuando sean de...
- Artículo 1695. Además de la inscripción en el Registro de la Propiedad Estatal, los...
- Artículo 1696. En las inscripciones del Registro de la Propiedad Estatal se expresará la...
- Artículo 1697. Las constancias del Registro de la Propiedad Estatal probarán la...
- Artículo 1698. La extinción de las inscripciones del Registro de la Propiedad Estatal sólo...
- Artículo 1699. En la cancelación de inscripciones se asentarán los datos necesarios a fin...
- Artículo 1700. Un reglamento determinará las secciones de que habrá de componerse el...
- Artículo 1701. La propiedad privada en el Estado podrá ser expropiada únicamente por causa...
- Artículo 1702. Es atribución del Ejecutivo del Estado emitir por sí, o a solicitud de los...
- Artículo 1703. Se consideran causas de utilidad pública: I. El establecimiento,...
- Artículo 1704. La solicitud de expropiación deberá señalar claramente la causa de utilidad...
- Artículo 1705. Cuando la expropiación sea solicitada por una Entidad, deberá anexarse copia...
- Artículo 1706. El Ejecutivo del Estado, por conducto de la Dirección de Gobernación,...
- Artículo 1707. El expediente deberá contener lo siguiente: I. El escrito por el cual...
- Artículo 1708. La declaratoria a que se refiere el artículo anterior se hará mediante...
- Artículo 1709. La autoridad encargada de integrar el expediente, solicitará de las oficinas...
- Artículo 1710. La propia autoridad recabará los informes necesarios para decidir sobre la...
- Artículo 1711. El acuerdo de expropiación deberá contener lo siguiente: I. Precisar si...
- Artículo 1712. Los acuerdos de expropiación se ejecutarán por conducto de la Dirección de...
- Artículo 1713. Los efectos de la expropiación serán: I. Los bienes expropiados pasarán...
- Artículo 1714. Los propietarios afectados podrán interponer, dentro de los quince días...
- Artículo 1715. El recurso administrativo de revocación referido en el artículo anterior se...
- Artículo 1716. El escrito de interposición del recurso deberá contener lo siguiente:...
- Artículo 1717. Cuando no se haya hecho valer el recurso administrativo de revocación a que...
- Artículo 1718. En los casos a que se refieren las fracciones V, VI, IX y XII del artículo...
- Artículo 1719. Si los bienes que han originado una declaratoria de expropiación, de...
- Artículo 1720. El precio que se fijará como indemnización al bien expropiado, se basará en...
- Artículo 1721. El exceso de valor o el demérito que haya tenido la propiedad particular por...
- Artículo 1722. Cuando se controvierta el monto de la indemnización a que se refiere el...
- Artículo 1723. En los casos de renuncia, excusa o incapacidad de alguno de los peritos...
- Artículo 1724. El Juez fijará un plazo que no excederá de sesenta días para que los peritos...
- Artículo 1725. Si los peritos estuvieren de acuerdo en la fijación del valor de las mejoras...
- Artículo 1726. Contra la resolución judicial que fije el monto de la indemnización no cabrá...
- Artículo 1727. Si la ocupación fuere temporal, o en el caso de limitación de dominio, el...
- Artículo 1728. El importe de la indemnización será cubierto por el Estado cuando la cosa...
- Artículo 1729. El Ejecutivo del Estado fijará las formas y los plazos en que la...
- Artículo 1730. La indemnización podrá ser en: I. Dinero; II. Especie; III....
Otras regulaciones
Código de Procedimientos Civiles Código Civil Código Penal Código de Procedimientos Familiares Código MunicipalMejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
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