Código Administrativo Artículo 1272 Estado de Chihuahua
Código Administrativo
Artículo 1272.
Los caminos del Estado no se interrumpirán al cruzar poblaciones, para lo cual el Ejecutivo celebrará los arreglos necesarios con los Ayuntamientos respectivos, a fin de que las calles y calzadas de los poblados por donde deba atravesar el camino, formen parte integrante de éste. El mismo Ejecutivo celebrará, igualmente, con las mencionadas autoridades, convenios apropiados para la conservación, la reparación y la reglamentación del tránsito de los tramos del camino comprendidos dentro de los perímetros urbanos.
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¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?
La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?
Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
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