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Código Administrativo Artículo 1704 Estado de Chihuahua


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/09/2026

Código Administrativo Chihuahua
Artículo 1704.

La solicitud de expropiación deberá señalar claramente la causa de utilidad pública que la justifique, así como los fines a que pretenda destinarse el bien y las obras o inversiones que vayan a realizarse.

El escrito por el que se solicite la expropiación, contendrá los siguientes requisitos:

I. Nombre y domicilio del solicitante;

II. Los motivos que sustenten su solicitud;

III. Las causas de utilidad pública que considere aplicables;

IV. Los beneficios sociales derivados de la expropiación;

V. Las características del bien que se pretenda expropiar, las que tratándose de inmuebles serán, además, las relativas a ubicación, superficie, medidas y colindancias;

VI. Nombre y domicilio del propietario o posesionario del bien objeto de la expropiación, así como los documentos que acrediten tal derecho;

VII. Tratándose de la ejecución de obras, los proyectos y presupuestos respectivos;



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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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