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Código Civil Artículo 2719 Estado de Campeche


Código Civil Campeche
Artículo 2719.

Si el fiador fuere demandado, en el caso de haber renunciado el beneficio de excusión, puede pedir que se cite al deudor para que haga valer sus derechos y aporte las pruebas pertinentes; y si el deudor no se apersona en el juicio, le perjudicará la sentencia que se dicte contra el fiador



Estado de Campeche Artículo 2719 Código Civil
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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