Código Civil Artículo 2276 Estado de Chiapas
Código Civil Chiapas
Artículo 2276.
QUEDA PROHIBIDA LA VENTA CON PACTO DE RETROVENTA, ASI COMO LA PROMESA DE VENTA DE UN BIEN RAIZ QUE HAYA SIDO OBJETO DE UNA COMPRA-VENTA ENTRE LOS MISMOS CONTRATANTES
Estado de Chiapas Artículo 2276 Código Civil
Mejores juristas
AYUDA no entiendo materia d legislacion fiscal
Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
asesoria para divorcio necesario. gracias
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