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Código Civil Artículo 7.36 Estado de México


Código Civil México
Artículo 7.36. Acontecimiento extraordinario

Los acontecimientos extraordinarios a que se refiere el artículo anterior, serán:

I.El desarrollo y disponibilidad de nuevas tecnologías, que hagan excesivamente oneroso en el proceso productivo, el uso de los bienes o servicios a los que se refirió el contrato;

II.La modificación substancial y generalizada de los precios que en el mercado corriente tuviere el suministro o uso de los bienes, o la prestación del servicio, objeto del contrato.

Se entenderá por modificación substancial, toda variación de los precios en un porcentaje no menor al treinta por ciento;

III.La modificación substancial de cualquiera otra condición determinante de la voluntad de las partes, señalada expresamente en el contrato.



Estado de México Artículo 7.36 Código Civil
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