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Código Civil Artículo 7.42 Estado de México


Código Civil México
Artículo 7.42. Ratificación de contratos celebrados por quien no es representante

Los contratos celebrados a nombre de otro por quien no sea su legítimo representante, serán válidos si la persona a cuyo nombre fueren celebrados, los ratifica antes de que se retracte la otra parte. La ratificación debe ser hecha con las mismas formalidades que para la celebración del contrato exige la ley.

Si no se obtiene la ratificación, el otro contratante tendrá derecho de exigir daños y perjuicios a quien indebidamente contrató.



Estado de México Artículo 7.42 Código Civil
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