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Código Civil Artículo 2003 Estado de Nayarit


Código Civil
Artículo 2003.

Lo dispuesto en los dos artículos anteriores no se observará cuando las piezas que se manden construir no puedan ser útiles, sino formando reunidas un todo



Estado de Nayarit Artículo 2003 Código Civil
Artículo 1 ...2001 2002 2003 2004 2005 ...2904
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como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.




en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas



En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas



Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?



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