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Código Civil Artículo 272 Estado de Oaxaca


Código Civil Oaxaca
Artículo 272.

Si uno solo de los cónyuges ha procedido de buena fe, quedarán todos los hijos bajo su cuidado, pero siempre, y aun tratándose de divorcio, los hijos e hijas menores de cinco años se mantendrán al cuidado de la madre hasta que cumplan esa edad a menos que la madre se dedicare a la prostitución, al lenocinio, hubiere contraído hábitos de embriaguez, tuviere alguna enfermedad contagiosa o por su conducta ofreciere peligro grave para la salud o la moralidad de los hijos



Estado de Oaxaca Artículo 272 Código Civil
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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