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Código Civil Artículo 2962 Estado de Sonora


Código Civil Sonora
Artículo 2962.

La asamblea general resolverá:

I.Sobre la admisión y exclusión de los asociados;

II.Sobre la disolución anticipada de la asociación o sobre su prórroga por mas tiempo del fijado en los estatutos;

III.Sobre el nombramiento de director o directores cuando no hayan sido nombrados en la escritura constitutiva;

IV.Sobre la revocación de los nombramientos hechos; y

V.Sobre los demás asuntos que le encomienden los estatutos



Estado de Sonora Artículo 2962 Código Civil
Artículo 1 ...2960 2961 2962 2963 2964 ...3452
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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