Código Civil Artículo 1461 Estado de Tamaulipas
Código Civil Tamaulipas
Artículo 1461.
El efecto de la compensación es extinguir, por ministerio de la ley, las dos deudas, hasta la cantidad que importe la menor.
El que tenga interés en que la compensación opere desde luego, deberá notificar a la otra parte en tal sentido
Estado de Tamaulipas Artículo 1461 Código Civil
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