Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales Artículo 283 Estado de Oaxaca
Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales
Artículo 283.
Se procederá a la cancelación del registro o acreditación ante el Instituto de todos aquellos partidos políticos estatales o nacionales que ante él se encuentren registrados o acreditados que:
a)Acuerden la no participación de sus candidatos electos en el Proceso Electoral; y
b)No acrediten representantes ante el propio Instituto en los términos de este Código, o bien, queden sin representación durante dos sesiones consecutivas, previa notificación de la primera ausencia.
Tratándose de partidos políticos nacionales que incurran en los supuestos anteriores, el Instituto, independientemente de haber procedido a la cancelación de su registro, dará los avisos respectivos al Instituto Federal Electoral para los efectos legales correspondientes.
Estado de Oaxaca Artículo 283 Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales
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A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
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