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Código de Justicia para menores infractores Artículo 102 Estado de Durango


Código de Justicia para menores infractores Durango
Artículo 102.

Si en relación con la misma conducta que motivó la acusación a varios menores se han formulado diversas acusaciones, la autoridad judicial podrá ordenar, aun de oficio, la realización de un único juicio, siempre que ello no ocasione retardos procesales.

La misma regla procederá cuando se trate de varias conductas tipificadas como delitos atribuidas a un mismo menor, en cuyo caso el Juez podrá disponer que el debate se celebre en audiencias públicas, continuas y sucesivas, para cada una de las conductas, siempre que ello no afecte el derecho de defensa. En este caso, el Juez podrá resolver sobre la responsabilidad al finalizar cada audiencia y fijará la medida correspondiente a todos los casos después de celebrar la audiencia final.



Estado de Durango Artículo 102 Código de Justicia para menores infractores
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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