Código de Justicia para menores infractores Artículo 102 Estado de Durango
Código de Justicia para menores infractores Durango
Artículo 102.
Si en relación con la misma conducta que motivó la acusación a varios menores se han formulado diversas acusaciones, la autoridad judicial podrá ordenar, aun de oficio, la realización de un único juicio, siempre que ello no ocasione retardos procesales.
La misma regla procederá cuando se trate de varias conductas tipificadas como delitos atribuidas a un mismo menor, en cuyo caso el Juez podrá disponer que el debate se celebre en audiencias públicas, continuas y sucesivas, para cada una de las conductas, siempre que ello no afecte el derecho de defensa. En este caso, el Juez podrá resolver sobre la responsabilidad al finalizar cada audiencia y fijará la medida correspondiente a todos los casos después de celebrar la audiencia final.
Estado de Durango Artículo 102 Código de Justicia para menores infractores
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios