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Código de Procedimientos Civiles Artículo 1003 Estado de Quintana Roo


Código de Procedimientos Civiles Quintana Roo
Artículo 1003.

Con la demanda se exhibirá el contrato de arrendamiento o el documento respectivo que justifique la ocupación, en caso de haberse celebrado por escrito. En el caso

de que el contrato de arrendamiento o el documento mediante el cual se justifique la ocupación sea otorgado o ratificado ante notario público, el actor podrá solicitar al Juez de Instrucción provea auto en el que se requiera al demandado, para que en el acto de la diligencia compruebe con los documentos idóneos estar al corriente del pago de las rentas, y si no lo hiciera en el primer supuesto se le embargarán bienes bastantes para cubrir las rentas reclamadas y acto continuo se emplazará al demandado.



Estado de Quintana Roo Artículo 1003 Código de Procedimientos Civiles
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