< Código de Procedimientos Civiles

Código de Procedimientos Civiles Artículo 552 Estado de Zacatecas


Código de Procedimientos Civiles Zacatecas
Artículo 552.

Todos los problemas inherentes a la familia son de orden público e interés social.

En todos los asuntos de que trata este título tendrá intervención el Ministerio Público y se aplicará, en lo conducente, la Ley para prevenir y atender la violencia familiar.



Estado de Zacatecas Artículo 552 Código de Procedimientos Civiles
Artículo 1 ...550 551 552 552 A 553 ...913
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

que procede si la instituciòn del issste sigue dando licencias medicas a un trabajador que ya rebaso los dìas permitidos con goce de sueldo y no le hacen descuento de su salario, esta persona sigue faltando al trabajo porque la licencia la respalda pero ya rebaso los dìas permitidos de acuerdo al art, 37.



Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?



Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?



en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años



Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse