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Código de Procedimientos Civiles Artículo 736 Estado de Zacatecas


Código de Procedimientos Civiles Zacatecas
Artículo 736.

La junta de rectificación y graduación será presidida por el juez, debiendo desarrollarse de acuerdo con las siguientes reglas:

I.El Síndico exhibirá en esa junta un balance practicado hasta el día anterior, en el que consten el activo y pasivo del concursado, y presentará, además, un inventario completo de los bienes con indicaciones de sus valores;

II.Se procederá en seguida al examen de los créditos, previa lectura por el Síndico de un breve informe sobre el estado general, activo y pasivo y documentos que prueben la existencia de cada uno de ellos. En este informe del Síndico, estarán contenidos los dictámenes que rinda sobre cada uno de los créditos presentados, y de los cuales con anticipación se le corrió traslado;

III.El Síndico presentará también un proyecto de clasificación de los créditos, de acuerdo con sus privilegios, según el Código Civil. Si el Síndico no cumpliere con las obligaciones que le imponen las dos fracciones precedentes, será removido de plano, y perderá todo derecho de cobrar honorarios, imponiéndosele, además, la multa que fije el juez;

IV.El acreedor cuyo crédito no resulte del estado, libros, o papeles del deudor, será admitido en la junta siempre que dentro del término legal haya presentado los justificantes de su crédito;

V.El concursado podrá asistir por sí o por apoderado a las juntas que se celebren, para lo cual deberá ser oportunamente citado;

VI.Los acreedores podrán hacerse representar por apoderado o procurador, siendo bastante también el poder ordinario de administración. Quien represente a más de un acreedor, sólo podrá tener cinco votos como máximo; pero el monto de todos los créditos se computarán para formar, en su caso, la mayoría de capital;

VII.Los créditos presentados pueden ser objetados por el Síndico, por el concursado, o por cualquier acreedor. Si no fueren objetados, se tendrán por buenos y verdaderos y se inscribirán en la lista de créditos reconocidos. Si uno o más de los créditos admitidos por la mayoría fuesen objetados por el deudor, por el Síndico o por alguno de los acreedores, se tendrán por verificados provisionalmente si aparecen debidamente justificados, sin perjuicio de que por cuerda separada se siga la cuestión sobre la legitimidad del crédito. Si los objetantes fueren acreedores, deberán seguir el juicio a su costa, sin perjuicio de ser indemnizados, hasta la concurrencia de la suma en que su gestión hubiere enriquecido al concurso;

VIII.Los acreedores que no hubieren presentado oportunamente los documentos justificativos de sus créditos no serán admitidos en la masa; pero podrá hacerse la rectificación de sus créditos judiciales a su costa por cuerda separada y en la vía incidental;

IX.Si en la primera reunión no fuere posible rectificar todos los créditos presentados, el juez suspenderá la audiencia para continuarla al día siguiente, haciéndose constar en el acta, sin necesidad de nueva convocatoria;

X.En la misma junta, una vez terminada la rectificación y graduación, los acreedores, por mayoría de créditos y de personas asistentes a la junta designarán Síndico definitivo o en su defecto lo designará el juez.



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Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20



En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad



si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas



con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?



el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y



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