Código de Procedimientos Contencioso-Administrativos Artículo 69 Estado de Campeche
Código de Procedimientos Contencioso-Administrativos
Artículo 69.
El recurso de queja es procedente contra actos de la autoridad demandada, por exceso o defecto en la ejecución del auto en que se haya concedido la suspensión del acto reclamado o de la sentencia de la Sala Unitaria en Materia Contenciosa-Administrativa que haya declarado fundada la pretensión del actor.
El recurso deberá interponerse por escrito ante la Sala Unitaria en Materia Contenciosa-Administrativa, dentro de un plazo de tres días contados a partir del siguiente al en que surta sus efectos la notificación de la resolución recurrida, acompañando una copia del escrito del recurso para cada una de las partes.
Admitido el recurso, la Sala Unitaria en Materia Contenciosa-Administrativa requerirá a la autoridad, contra la que se hubiere interpuesto el recurso, para que rinda un informe con justificación sobre la materia de la queja, dentro de un término de tres días. Vencido ese plazo y dentro de los tres días siguientes formulará resolución. La falta o deficiencia de los informes establecerá la presunción de ser ciertos los hechos respectivos y hará incurrir a las autoridades omisas en una multa de cinco a treinta Unidades de Medida y Actualización vigente, que impondrá de plano la Sala Unitaria en Materia Contenciosa-Administrativa en la misma resolución que dicte
Estado de Campeche Artículo 69 Código de Procedimientos Contencioso-Administrativos
Mejores juristas
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
oooooooooooooooo
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
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