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Código De Procedimientos Contenciosos Administrativos Artículo 173 Estado de Guerrero


Código De Procedimientos Contenciosos Administrativos Guerrero
Artículo 173.

El recurso de queja es procedente contra actos de las autoridades y organismos demandados por exceso o defecto de la ejecución del auto en que se haya

concedido la suspensión del acto reclamado así como por exceso o defecto en la ejecución de la sentencia del Tribunal que haya declarado fundada la pretensión del actor. Este recurso deberá interponerse por escrito ante la Sala que conozca o hubiere conocido del procedimiento, dentro del plazo de tres días hábiles siguientes al en que surta efectos la notificación por la cual se da a conocer a los particulares la resolución que emita la autoridad demandada, en relación con el cumplimiento tanto de la suspensión del acto impugnado, como de la sentencia definitiva que se hubiese dictado, o bien, contado a partir del momento en que el actor tenga conocimiento de los hechos en que se sustente el recurso.



Estado de Guerrero Artículo 173 Código De Procedimientos Contenciosos Administrativos
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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