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Código de Procedimientos Penales Artículo 174 Estado de Quintana Roo


Código de Procedimientos Penales Quintana Roo
Artículo 174.

También mandará el Juez a examinar, según corresponda, a los testigos ausentes, sin que esto suspenda la instrucción ni la facultad del mismo Juez para darla por terminada.



Estado de Quintana Roo Artículo 174 Código de Procedimientos Penales
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Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



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No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.



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