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Código Familiar Artículo 445 Estado de San Luis Potosí


Código Familiar
Artículo 445.

Si la tutela hubiere fenecido durante la minoría de edad, el menor podrá ejercitar las acciones correspondientes contra la primer persona tutora y los que le hubieren sucedido en el cargo, computándose entonces los términos desde el día en que se llegue a la mayoría de edad. Tratándose de las personas incapaces, los términos se computarán desde que cese la incapacidad



Estado de San Luis Potosí Artículo 445 Código Familiar
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porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es



quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69



Cuando surte efectos la notificacion en temas de registro de contratos de adhesion? Entiendo que el plazo es de 5 días hábiles, pero a partir de que momento empiezan a contar?



Podrian apoyarme como decia el articulo 3 fraccion xiv antes de su reforma, soy estudiante de la lic. De custodia penitenciaria y estoy haciendo mi tarea sobre las reformas de casi todas las leyes



Buenos días. Les informamos que esta ya es una nueva ley, en vigor desde julio de  2025, que ha sustituido a la anterior.



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