< Código Familiar

Código Familiar Artículo 1195 Estado de Sinaloa


Código Familiar Sinaloa
Artículo 1195.

La aclaración de las actas del estado familiar procederá cuando en la inscripción existan errores mecanográficos, manuscritos, ortográficos, de omisión o de reproducción gráfica, que no afecten los datos esenciales de aquéllas, deberá solicitarse la corrección ante la institución del Registro Civil del Estado de Sinaloa o mediante tramitación especial ante Notario Público, quienes resolverán de la solicitud y remitirán en su caso copia certificada de la resolución que recaiga a la Oficialía correspondiente para su debida inscripción.

En las hipótesis de doble registro de nacimiento, siempre que se pruebe la realidad del acto mediante pruebas documentales y que no se afecten los datos esenciales, se podrá hacer el trámite ante la institución del Registro Civil del Estado de Sinaloa o mediante tramitación especial ante Notario Público.

En caso contrario, al afectar los datos esenciales será necesaria la rectificación del acta del estado familiar, para cuyo trámite se requerirá de la intervención del Ministerio Público y se ventilará de acuerdo con lo establecido en el Código de Procedimientos Familiares del Estado de Sinaloa



Estado de Sinaloa Artículo 1195 Código Familiar
Artículo 1 ...1193 1194 1195 1196 1197 ...1204
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse