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Código Familiar Artículo 48 Estado de Sinaloa


Código Familiar Sinaloa
Artículo 48.

Las personas que pretendan contraer matrimonio, presentarán un escrito al oficial del registro civil, que contenga:

I.Nombres, apellidos, edad, ocupación y domicilio de los pretendientes y de sus padres, si éstos son conocidos. Si alguno de ellos, o los dos, han sido casados o han vivido en concubinato, se expresará la forma de su disolución;

II.Nombres, apellidos, edad, ocupación y domicilio de dos testigos, mayores de edad y conocidos de los pretendientes; y,

III.Manifestación de la voluntad de unirse en matrimonio, y de que no tienen impedimento legal alguno para casarse o que éste ha sido dispensado.

El escrito será firmado por los futuros esposos; si no supieren firmar, estamparán su huella digital.



Estado de Sinaloa Artículo 48 Código Familiar
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



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