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Código Financiero Artículo 32 Estado de Tlaxcala


Código Financiero Tlaxcala
Artículo 32.

El crédito fiscal podrá ser exigible de manera inmediata y, en consecuencia, cesará la autorización de pago diferido o en parcialidades, cuando el contribuyente no cumpla con cualesquiera de los pagos que se le hubieren autorizado en la fecha establecida en la autorización o dentro del plazo concedido o cuando el contribuyente incurra en alguna de las causas siguientes:

I.Cambie su domicilio fiscal sin dar aviso a la autoridad fiscal que otorgó la autorización, y

II.No garantice o resulte insuficiente la garantía del interés fiscal



Estado de Tlaxcala Artículo 32 Código Financiero
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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