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Código Fiscal Artículo 137 Estado de Zacatecas


Código Fiscal Zacatecas
Artículo 137.

En la orden de visita domiciliaria, además de los requisitos a que se refiere el artículo 114 de este Código, deberá señalarse lo siguiente:

I. El lugar o lugares donde deberá realizarse la visita; y

II. El nombre o nombres de las personas que participarán en la realización de la visita.

Cuando en el curso de una visita domiciliaria se considere necesario ampliar sus efectos a otros lugares que se consideren establecimientos de los visitados, las autoridades fiscales emitirán un oficio en que se señalarán el nuevo o nuevos lugares en los que en adición a los antes notificados, se realizará la visita, el cual se notificará personalmente al interesado en cualquiera de los lugares designados para la práctica de la misma. En este caso, la revisión en los nuevos domicilios se iniciará conforme al supuesto previsto en la fracción I del artículo 138 de este Código.

Las personas designadas para la realización de la visita, podrán actuar de forma conjunta o separada en su desarrollo, sin que esto afecte la validez de la misma. El número de personas que podrán participar en la realización de la visita podrá ser aumentado o disminuido en cualquier tiempo, para efectos de lo cual las autoridades competentes emitirán

orden que deberá notificarse personalmente para dar a conocer al interesado el aumento de visitadores. La notificación del aumento de personal que podrá realizar la visita surtirá sus efectos al ser efectuada, y el personal designado en el documento correspondiente podrá actuar de inmediato, pudiendo ser dicho personal quien realice su notificación



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Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20



En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad



si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas



con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?



el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y



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