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Código Penal Artículo 124 Estado de Aguascalientes


Código Penal
Artículo 124. Aumento de sanción

La punibilidad prevista para los Tipos Penales de violación, violación equiparada, estupro y atentados al pudor, se aumentará de conformidad con lo siguiente:

I.- En una mitad en sus mínimos y sus máximos, tratándose de violación, violación equiparada, estupro o atentados al pudor, si concurre alguna de las siguientes circunstancias:

a) Los hechos descritos sean cometidos a nivel de coautoría;

b) Los hechos descritos sean cometidos por servidores públicos con motivo del ejercicio de sus funciones; o

c) Los hechos descritos sean cometidos por ascendiente contra su descendiente, el hermano con su colateral, el tutor con su pupilo o el padrastro o amasio de la madre con el hijastro, el maestro con el alumno o el guía religioso con su asesorado;

d) Derogado

e)Derogado

f) II.- En una mitad en sus mínimos y sus máximos, tratándose de violación equiparada o atentados al pudor, si para llevar la conducta típica y obtener su resultado, se suministraron a la víctima sustancias estupefacientes, psicotrópicas o cualquiera de otra que produzca efectos similares; o

g) Derogado

h) Derogado

i) III.- En una cuarta en sus mínimos y sus máximos, tratándose de violación , violación equiparada o atentados al pudor, cuando el responsable tenga o haya tenido relación de pareja con la victima.

j) Derogado

k) Derogado



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¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?



La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?



Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?



Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.



A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?



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