< Código Penal

Código Penal Artículo 184 Estado de Campeche


Código Penal Campeche
Artículo 184.

Comete el delito de robo el que se apodere de una cosa ajena mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que pueda disponer de ella con arreglo a la ley. Este delito se sancionará en los términos siguientes:

I. Cuando el monto de lo robado no exceda de cien veces el salario mínimo diario general aplicable en el Estado, de seis meses a dos años de prisión y multa de veinte a cincuenta días de salario;

II. Cuando el monto de lo robado exceda de cien pero no de trescientos salarios mínimos, de dos a cuatro años de prisión y multa de cincuenta a cien días de salario;

III. Cuando el monto de lo robado exceda de trescientos pero no de seiscientos salarios mínimos, de cuatro a seis años de prisión y multa de cien a doscientos días de salario;

IV. Cuando el monto de lo robado exceda de seiscientos pero no de mil salarios mínimos, de seis a ocho años de prisión y multa de doscientos a cuatrocientos días de salario; y

V. Cuando el monto de lo robado exceda de mil salarios mínimos, de ocho a diez años de prisión y multa de cuatrocientos a seiscientos días de salario.



Estado de Campeche Artículo 184 Código Penal
Artículo 1 ...182 183 184 185 186 ...387
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Salve 

Come beneficiare di una Sovvenzione Non Rimborsabile da parte di Comitato Italiano per l'UNICEF Fondazione ETS…

Si tratta di una Sovvenzione Non Rimborsabile di una somma di 5.000,00 euro (€), per chi ha un progetto personale o professionale e per le persone in difficoltà finanziaria.

 

L'obiettivo comune è incoraggiare e sostenere le persone in difficoltà finanziaria e contribuire alla realizzazione di progetti di interesse generale, siano essi pubblici (Stato, enti locali) o privati (Fondazioni, Associazioni).

Per ulteriori informazioni, contattaci :

  ✅ E-mail : sovvenzioninonrimborsabili@gmail.com

?INDIRIZZO: VIA PALESTRO 68,

00185 ROMA

Cordiali saluti



Es ilegal grabar una llamada en jalisco,y solo guardarla grabacion sin difundirla



Hola con gusto te asesoro se ocuparia leer tu contrato pero esa clausula esta viciada y sin conceder hasta leer bien tu contrato tu donacion seria legítima contactame para darte una asesoria amplia al tema lic. Yeleen osue cel . 5518163525



Hola hoy en mi casa vino el actuario de poder judicial Morelos a notificar a mi esposo que no vive aquí vive en otro estado, me dijeron que si no recibí la notificación mañana traerán fuerza pública a buscarlo eso es cierto es por posible?



buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse