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Código Penal Artículo 189 Estado de Coahuila de Zaragoza


Código Penal Coahuila
Artículo 189. SANCIONES Y FIGURA TÍPICA DE SABOTAJE EN SUS DIVERSAS MODALIDADES

Se aplicará de dos a veinte años de prisión y multa: A quien para trastornar la economía del estado o municipio; o para menoscabar la capacidad de uno u otro para asegurar el orden público; dañe, destruya o entorpezca cualquiera de los siguientes:

I. SERVICIOS PÚBLICOS O BIENES BÁSICOS. Servicios públicos o centros de producción o distribución de bienes y servicios básicos.

II. INSTITUCIONES DE DOCENCIA O INVESTIGACIÓN. Instalaciones de instituciones de docencia o investigación.

III. ELEMENTOS ESENCIALES AL MANTENIMIENTO DEL ORDEN PÚBLICO. Recursos o elementos, esenciales, destinados al mantenimiento del orden público.



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 189 Código Penal
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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