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Código Penal Artículo 222 Estado de Coahuila de Zaragoza


Código Penal Coahuila
Artículo 222. SANCIÓN AGRAVADA PARA DELITOS COMETIDOS CONTRA LA AUTORIDAD

Además de las sanciones que le correspondan por cualquiera de los delitos enumerados en este capítulo: A quién cometa otro delito en contra de un servidor público o agente de la autoridad cuando ejerza sus funciones, se le podrá aumentar hasta tres años la pena de prisión que se le imponga.



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 222 Código Penal
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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