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Código Penal Artículo 399 Estado de Puebla


Código Penal Puebla
Artículo 399.

El delito de abuso de confianza se sancionará:

I. Con prisión de seis meses a tres años y multa de cinco a veinte días de salario, si no se pudiera determinar el valor de lo dispuesto, o no excediere del importe de doscientos días de salario.

II. Con prisión de tres a cuatro años y multa de veinte a doscientos días de salario, si el importe de lo dispuesto excede de doscientos días de salario, pero no de seiscientos.

III. Con prisión de cuatro a cinco años y multa de treinta a trescientos días de salario, cuando el monto de lo dispuesto exceda de seiscientos días de salario.



Estado de Puebla Artículo 399 Código Penal
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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