Código Procesal Penal Artículo 130 Estado de Oaxaca
Código Procesal Penal Oaxaca
Artículo 130. Derechos del imputado
La policía, el Ministerio Público y los jueces, según corresponda, harán saber al imputado, de manera inmediata y comprensible, en el primer acto en que participe, que tiene los siguientes derechos:
I.Conocer desde el comienzo la causa o el motivo de su privación de libertad y el servidor público que la ordenó, exhibiéndosele, según corresponda, la orden emitida en su contra y se le informará su derecho a no ser obligado a declarar;
II.Tener una comunicación inmediata y efectiva con la persona, asociación, agrupación o entidad a la que desee comunicar su captura;
III.Ser asistido, desde el primer acto del proceso, por el defensor que designe él, sus
parientes o la agrupación a la que se comunicó su captura y, en defecto de éste, por un defensor público, así como a reunirse con su defensor en estricta confidencialidad;
IV.Ser asistido gratuitamente por un traductor o intérprete si no comprende o no habla el
idioma español;
V.Presentarse o ser presentado al Ministerio Público o al juez, para ser informado y enterarse de los hechos que se le imputan;
VI.Tomar la decisión de declarar o abstenerse de declarar con asistencia de su defensor, y si
acepta hacerlo, a entrevistarse previamente con él y a que su defensor esté presente en el momento de rendir su declaración y en otras diligencias en las cuales se requiera su
presencia;
VII.No ser sometido a técnicas ni métodos que induzcan o alteren su libre voluntad o atenten
contra su dignidad;
VIII.No ser objeto de información por los medios de comunicación o presentado ante la comunidad de modo que se afecte su dignidad o en caso de que ello implique peligro para
sí o para su familia; y
IX.Que no se utilicen, en su contra, medios que impidan su libre movimiento en el lugar y durante la realización de un acto procesal, sin perjuicio de las medidas de vigilancia que,
en casos especiales, estime ordenar el juzgador.
Estado de Oaxaca Artículo 130 Código Procesal Penal
Mejores juristas
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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