< Código Procesal Penal

Código Procesal Penal Artículo 201 Estado de Oaxaca


Código Procesal Penal Oaxaca
Artículo 201. Condiciones por cumplir durante el período de suspensión del proceso a prueba

El juez de control de legalidad fijará el plazo de suspensión del proceso a prueba, que no podrá ser inferior a un año ni superior a tres, y determinará una o varias de las reglas que deberá cumplir el imputado, entre ellas las siguientes:

I.Residir en un lugar determinado;

II.Frecuentar o dejar de frecuentar determinados lugares o personas;

III.Abstenerse de consumir drogas o estupefacientes o de abusar de las bebidas alcohólicas;

IV.Participar en programas especiales para la prevención y tratamiento de adicciones;

V.Comenzar o finalizar la escolaridad básica si no la ha cumplido, aprender una profesión u oficio o seguir cursos de capacitación en el lugar o la institución que determine el juez;

VI.Prestar servicio social a favor del Estado o de instituciones de beneficencia pública;

VII.Someterse a tratamiento médico o psicológico, de preferencia en instituciones públicas, si es necesario;

VIII.Permanecer en un trabajo o empleo, o adquirir, en el plazo que el juez determine, un

oficio, arte, industria o profesión, si no tiene medios propios de subsistencia;

IX.Someterse a la vigilancia que determine el juez;

X.No poseer o portar armas;

XI.No conducir vehículos;

XII.Abstenerse de viajar al extranjero; y

XIII.Cumplir con los deberes de deudor alimentario.

Cuando se acredite plenamente que el imputado no puede cumplir con alguna de las obligaciones anteriores, por ser contrarias a su salud, sus creencias religiosas o alguna otra causa de especial relevancia, el juez podrá substituirlas, fundada y motivadamente, por el cumplimiento de otra u otras análogas que resulten razonables.

Para fijar las reglas, el juez puede disponer que el imputado sea sometido a una evaluación previa. En ningún caso el juez puede imponer medidas más gravosas que las solicitadas por el agente del Ministerio Público.

La decisión sobre la suspensión del proceso será pronunciada en audiencia, en presencia del imputado y de la víctima, quienes podrán expresar observaciones a las reglas impuestas en los términos de este artículo, las que serán resueltas de inmediato. El juez prevendrá al imputado sobre las reglas de conducta impuestas y las consecuencias de su inobservancia.

La negativa de la suspensión del proceso a prueba será apelable; la decisión de suspensión del proceso a prueba no lo es, salvo que el imputado considere que las reglas fijadas resultan manifiestamente excesivas o que el juez se haya excedido en sus facultades.



Estado de Oaxaca Artículo 201 Código Procesal Penal
Artículo 1 ...199 200 201 202 203 ...478
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?



el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y



MMM, si se trata de el nuevo sistema penal acusatorio, el propio código establece la posibilidad de que cierta información recopilada en la carpeta de investigación, puede incorporarse al jucio mediante lectura (cuando se trata de testigos muertos, entre otros), recuerde que sa es una de las cargas procesales que incumbe al ministerio publico y al asesor jurídico cumplir.

Tratándose del sistema tradicional, (averiguación previa) el juez toma en cuenta todo lo recabado en la averiguación previa para resolver la controversia asi como lo desahogado en la instrucción.

asi que todo depende del caso concreto.

saludos



concedieron un amparo y ordenaron la reposicion de todo el proceso, pero la causa penal es de hace 10 años, como se hara el juicio su las pruebas ya no existen y algunos testigos ya no estan, alguien tiene alguna idea



cuando no hay reparacion de daño x que ministerio publico insiste en la fraccion v



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse