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Código Procesal Penal Artículo 368 Estado de Oaxaca


Código Procesal Penal Oaxaca
Artículo 368. Ampliación de la acusación

Durante el debate, el Ministerio Público podrá ampliar la acusación, en los supuestos del artículo 323, fracción VI (Continuidad y suspensión), cuando ellos no hubieren sido mencionados en la acusación y en la resolución de apertura. En tal caso, con relación a las circunstancias atribuidas, el presidente dará al acusado inmediatamente oportunidad de expresarse al respecto, en la forma prevista para su declaración e informará a todas las partes sobre su derecho a pedir la suspensión del debate para ofrecer nuevas pruebas o preparar su intervención. Cuando este derecho sea ejercido, el tribunal suspenderá el debate por un plazo que en ningún caso podrá ser superior al establecido para la suspensión del debate previsto por este Código, conforme a la gravedad y complejidad de los nuevos elementos y a la necesidad de la defensa. Las circunstancias sobre las cuales verse la ampliación quedarán comprendidas en la imputación y constarán en los registros de la audiencia



Estado de Oaxaca Artículo 368 Código Procesal Penal
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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