Constitución Artículo 116 Estado de Quintana Roo
Constitución Quintana Roo
Artículo 116.
La Administración de la Hacienda Pública estará a cargo del Ejecutivo por conducto del Secretario del ramo respectivo, quien será responsable de su manejo.
Estado de Quintana Roo Artículo 116 Constitución
Mejores juristas
Muy importante e interesante
AYUDA no entiendo materia d legislacion fiscal
Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
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