Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar Artículo 84 Federal de México
Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar Federal
Artículo 84.
Se entenderán por causas imputables al Ingenio las siguientes:I.La disminución de la capacidad de molienda, debidamente verificada y sancionada por el Comité;
II.Cuando las ampliaciones de fábrica den como resultado retrasos en el inicio normal de la zafra y/o mal funcionamiento de la fábrica;
III.La suspensión de las labores por conflictos obrero patronales;
IV.La imprevisión del Ingenio en el aprovechamiento o utilización de equipo, materiales, refacciones y sustancias necesarias que afecten la operación normal de la molienda;
V.La insuficiencia en la capacidad de molienda en la fábrica, en relación con la caña contratada y programada para su industrialización;
VI.Cuando se muela caña de otro Ingenio, o no contratada, sin la sanción del Comité y se deje caña contratada sin industrializar;
VII.Cuando sin la sanción del Comité, un Ingenio fomente y contrate la producción de la caña de azúcar;
VIII.Por deficiencia en el corte y acarreo de las cañas, cuando estas operaciones sean organizadas y ejecutadas directamente por el Ingenio;
IX.Cuando se ocasione disminución en la capacidad de recepción del Ingenio, por no lograr adecuada fluidez en el movimiento de la caña en báscula, grúas y batey del Ingenio, ya sea por mala organización administrativa o carecer del equipo necesario;
X.Cuando el Ingenio no acate los acuerdos del Comité y afecte directamente la molienda, y
XI.Cuando no se notifique oportunamente al Comité la posibilidad de excedentes, a fin de que se tomen las providencias necesarias para que se industrialice la caña en otro Ingenio.
Federal de México Artículo 84 Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar
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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
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