LEY de Infraestructura de la Calidad Artículo 49
Ley de Infraestructura de la Calidad
Artículo 49.
Para operar como Entidad de Acreditación se requiere la autorización de la Secretaría, previa opinión favorable de la Comisión y cumplir con lo siguiente, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de esta Ley:I.Acreditar la capacidad jurídica, técnica, administrativa y financiera, debiendo constituirse como una persona moral, cuyo objeto social principal sea desarrollar tareas de acreditación en términos de esta Ley, para lo que se deberá acompañar:
a)Estatutos sociales o proyecto de éstos, detallando órganos de gobierno, y la estructura técnica funcional de la entidad que garantice el equilibrio de las partes interesadas en el proceso de acreditación a nivel nacional, entendiéndose por partes interesadas a las personas acreditadas, usuarios del servicio, asociaciones de profesionales o académicos, cámaras y asociaciones de industriales o comerciantes, instituciones de educación superior, centros de investigación y las dependencias involucradas en las actividades de acreditación de la entidad;
b)Relación de los recursos materiales y humanos con que cuenta, o propuesta de los mismos, detallando grado académico y experiencia en la materia de estos últimos; y
c)Documentos que demuestren su solvencia financiera para asegurar la continuidad del sistema de acreditación;
II.Detallar la estructura organizacional de la entidad;
III.Detallar la metodología que utilizará para evaluar y, en su caso, otorgar las acreditaciones a quienes lo soliciten conforme a los Estándares nacionales o las Normas Internacionales aplicables y vigentes. Cualquier cambio sustancial en esa metodología deberá ser presentado para su aprobación por parte de la Secretaría, previa opinión favorable de la Comisión;
IV.Demostrar su capacidad para atender una o diversas materias técnicas, sectores o ramas de actividad, que corresponden al campo de la evaluación de la conformidad respectivo;
V.Señalar las tarifas y precios que aplicará en la prestación de sus servicios, así como la metodología utilizada para determinarlos, bajo un procedimiento transparente basado en costos; y
VI.Detallar el procedimiento para la integración de un padrón de evaluadores conforme a lo dispuesto en el artículo 50 siguiente.
Las Entidades de Acreditación podrán operar en una o en diversas materias, sectores o ramas de actividad, siempre y cuando operen bajo un sistema de gestión de la calidad internacionalmente reconocido, tengan cobertura nacional y que cumplan con lo antes señalado.
Artículo 49 Ley de Infraestructura de la Calidad
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Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
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