Ley de Sistemas de Pagos Artículo 34 México
Ley de Sistemas de Pagos
Artículo 34.
En el procedimiento del recurso de reconsideración las actuaciones deberán practicarse en días y horas hábiles. Son días hábiles todos los del año, excepto los sábados, domingos y los inhábiles bancarios que determine la Comisión Nacional Bancaria y de Valores mediante disposiciones de carácter general que publique en el Diario Oficial de la Federación. Se entienden horas hábiles las que medien desde las nueve hasta las diecinueve horas.
México Artículo 34 Ley de Sistemas de Pagos
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que procede si la instituciòn del issste sigue dando licencias medicas a un trabajador que ya rebaso los dìas permitidos con goce de sueldo y no le hacen descuento de su salario, esta persona sigue faltando al trabajo porque la licencia la respalda pero ya rebaso los dìas permitidos de acuerdo al art, 37.
Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
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