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Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado Artículo 250 Federal de México


Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado Federal
Artículo 250.

Las obligaciones que en favor del Instituto señala la presente Ley, prescribirán en el plazo de diez años contados a partir de la fecha en que sean exigibles. La prescripción se interrumpirá por cualquier gestión de cobro.

Federal de México Artículo 250 Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
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Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



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No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.



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