< Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión

Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión Artículo 31 Federal de México


Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión Federal
Artículo 31.

Son faltas graves y causales de remoción de los comisionados:

I.El desempeño de algún empleo, trabajo o comisión, público o privado, en contravención a lo dispuesto en la Constitución y en esta Ley;

II.Utilizar, en beneficio propio o de terceros, la información confidencial o reservada de que disponga en razón de su cargo, así como divulgar tal información en términos distintos a los autorizados por esta Ley;

III.Presentar a las unidades del Instituto, a sabiendas, información falsa o alterada;

IV.Participar en actos partidistas en representación del Instituto;

V.Adquirir obligaciones a nombre del Instituto, sin contar con la delegación de facultades para ello;

VI.Tener contacto con las personas que representen los intereses de los agentes económicos regulados para tratar asuntos de su competencia, en contravención a lo dispuesto en esta Ley;

VII.No excusarse de participar en aquellas tomas de decisiones en las que sus intereses personales se encuentren en conflicto, en los términos establecidos en esta Ley;

VIII.No emitir su voto razonado por escrito en casos de ausencia en los términos previstosen esta Ley;

IX. Incurrir en responsabilidad administrativa grave en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, o

X.Haber sido condenado por delito doloso que amerite pena de prisión.

Federal de México Artículo 31 Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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