Ley General de Cultura Física y Deporte Artículo 34 Federal de México
Ley General de Cultura Física y Deporte Federal
Artículo 34.
Corresponde a las entidades federativas,en el ámbito de sus respectivas competencias de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y lo que establezcan las Leyes locales en la materia, las siguientes atribuciones:I.Formular, conducir y evaluar la política de cultura física y deporte estatal;
II. Diseñar y aplicar los instrumentos y programas de política para la cultura física y deporte estatal, en concordancia y sin contravenir la Política Nacional de Cultura Física y Deporte, vinculándolos con los programas nacional, de las entidades federativas, regionales, Municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como su respectivo Plan de Desarrollo de la entidad federativa;
III.Diseñar, aplicar y evaluar el programa estatal de cultura física y deporte;
IV.Celebrar convenios o acuerdos de coordinación y colaboración con la CONADE y con los Municipios en materia de cultura física y deporte;
V. Integrar el Sistema de Cultura Física y Deporte de la entidad federativapara promover y fomentar el desarrollo de la cultura física y deporte;
VI.Establecer, operar y mantener actualizado el Registro Estatal de Cultura Física y Deporte en coordinación con el Registro Nacional de Cultura Física y Deporte;
VII.Promover la participación de los sectores social y privado para el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte, y
VIII.Las demás que señale esta Ley, su Reglamento y los demás ordenamientos aplicables.
Federal de México Artículo 34 Ley General de Cultura Física y Deporte
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necesito dar fundamento en que el empleador tiene la obligación de dar recibo de pago y el empleado tiene el derecho de recibir el recibo de pago
buenos dias, en el proceso del intestado aun no se asigna albacea, somos 5 hermanos, solo yo estoy casado con dos hijas de 23 y 21 años de edad, pueden ser nombradas como posibles herederas; segundo, desde casi año y medio que fallecio mi madre, mis hermanos ventajosamente estan recibiendo rentas de las propiedades sin participarme nada, en este punto del juicio yo puedo exigir las rentas mi parte gracias
En principio para poder presentar una denuncia, tendrías que configurar el Dolo, es decir que el dinero te lo solicito con el fin de ocasionarte un perjuicio o detrimento, sin embargo, es complicado, porque hay un contrato, si no se cumplió deberías de iniciar un procedimiento civil de incumplimiento de contrato, considero que si vas por la via penal solo perderás dinero.
Buenas tardes, si un condomino deja de pagar sus cuotas de mantenimiento por varios años y se le restringen los servicios tales como agua, luz, uso de areas comunes, etc. pero despues quiere ponerse al corriente pagando unicamente los ultimos 5 años, es legal?
hola tengo una duda, yo como agraviada de abuso de confianza puedo pedir asesor jurídico gratis en la fiscalía que lleva mi caso y un psicólogo?? ya que todo este tema me está afectando mucho emocionalmente y en mi salud. Porque pedí que me atendiera un psicólogo y me lo negaron.
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