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Ley General de Educación Artículo 37 Federal de México


Ley General de Educación Federal
Artículo 37.

La educación básica está compuesta por el nivel inicial, preescolar, primaria y secundaria.

Los servicios que comprende este tipo de educación, entre otros, son:

I.Inicial escolarizada y no escolarizada;

II.Preescolar general, indígena y comunitario;

III.Primaria general, indígena y comunitaria;

IV.Secundaria, entre las que se encuentran la general, técnica, comunitaria o las modalidades regionales autorizadas por la Secretaría;

V.Secundaria para trabajadores, y

VI.Telesecundaria.

De manera adicional, se considerarán aquellos para impartir educación especial, incluidos los Centros de Atención Múltiple.

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Los comentarios de los usuarios

Buenas tardes. ¿En dónde puedo consultar la normatividad para un preescolar particular? Necesito conocer la medida de los espacios y todo lo que se requiere para ello. Gracias

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