Ley General de Educación Artículo 37 Federal de México
Ley General de Educación Federal
Artículo 37.
La educación básica está compuesta por el nivel inicial, preescolar, primaria y secundaria.Los servicios que comprende este tipo de educación, entre otros, son:
I.Inicial escolarizada y no escolarizada;
II.Preescolar general, indígena y comunitario;
III.Primaria general, indígena y comunitaria;
IV.Secundaria, entre las que se encuentran la general, técnica, comunitaria o las modalidades regionales autorizadas por la Secretaría;
V.Secundaria para trabajadores, y
VI.Telesecundaria.
De manera adicional, se considerarán aquellos para impartir educación especial, incluidos los Centros de Atención Múltiple.
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Los comentarios de los usuarios
Karla Rosas
21/04/20 14:53:04
Buenas tardes. ¿En dónde puedo consultar la normatividad para un preescolar particular? Necesito conocer la medida de los espacios y todo lo que se requiere para ello. Gracias
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