< Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias

Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias Artículo 122 Federal de México


Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias Federal
Artículo 122.

Son requisitos para las personas facilitadoras en materia administrativa:

a)Para las personas facilitadoras servidoras públicas:

I.Contar con nacionalidad mexicana;

II.Realizar las capacitaciones requeridas por el Tribunal de Justicia Administrativa correspondiente;

III.Aprobar las evaluaciones requeridas por el Tribunal de Justicia Administrativa correspondiente, y

IV.No haber sido condenado por delitos de los señalados en el artículo 108 y 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

b)Para las personas facilitadoras de los Tribunales de Justicia Administrativa federal o locales, además de las previstas en el inciso anterior, será necesario contar con los requisitos para ocupar el cargo de persona secretaria de acuerdos, proyectista o equivalente, conforme a las leyes orgánicas aplicables;

c)Para las personas facilitadoras privadas que intervienen en mecanismos alternativos de solución de controversias en sede administrativa, serán aplicables las disposiciones del Capítulo III de la presente Ley.

Federal de México Artículo 122 Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias
Artículo 1 ...120 121 122 123 124 ...144
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20



En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad



si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas



con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?



el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse