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Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados Artículo 148 Federal de México


Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados Federal
Artículo 148.

Para la presentación de una denuncia no podrán solicitarse mayores requisitos que los que a continuación se describen:

I.El nombre de la persona que denuncia, o en su caso, de su representante;

II.El domicilio o medio para recibir notificaciones de la persona que denuncia;

III.La relación de hechos en que se basa la denuncia y los elementos con los que cuente para probar su dicho;

IV.El responsable denunciado y su domicilio, o en su caso, los datos para su identificación y/o ubicación;

V.La firma del denunciante, o en su caso, de su representante. En caso de no saber firmar, bastará la huella digital.

La denuncia podrá presentarse por escrito libre, o a través de los formatos, medios electrónicos o cualquier otro medio que al efecto establezca el Instituto o los Organismos garantes, según corresponda.

Una vez recibida la denuncia, el Instituto y los Organismos garantes, según corresponda, deberán acusar recibo de la misma. El acuerdo correspondiente se notificará al denunciante.

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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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