< Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito

Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito Artículo 55 Federal de México


Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito Federal
Artículo 55.

El signatario de un título cancelado que lo pague al que obtuvo la cancelación, tiene derecho a reivindicar el documento, para ejercitar contra los demás obligados las acciones que en virtud del mismo le competan, sin perjuicio de las causales y de la de enriquecimiento sin causa que pueda tener, respectivamente, contra su deudor directo o contra el girador, librador, emisor o suscriptor, en su caso.


También puede exigir que se le dé copia certificada de las resoluciones y constancias de los procedimientos de cancelación y de oposición que estime pertinentes, y con ellas y los demás documentos justificativos de su derecho, ejercitar en la vía ejecutiva las acciones que del documento cancelado se deriven en su favor contra los demás signatarios de éste.

Federal de México Artículo 55 Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
Artículo 1o ...53 54 55 56 57 ...435
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse