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Ley General de Víctimas Artículo 85 Federal de México


Ley General de Víctimas Federal
Artículo 85.

La Comisión Ejecutiva estará a cargo de una Comisionada oComisionado Ejecutivo quien se elegirápor el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes del Senado de la República,de la terna que enviará el Ejecutivo Federal, previa consulta pública a los colectivos de víctimas, personas expertasy organizaciones de la sociedad civil especializadas en la materia.

Federal de México Artículo 85 Ley General de Víctimas
Artículo 1 ...84 Septies 84 Octies 85 86 87 ...189
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Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



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