< Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes Artículo 40 Federal de México


Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes Federal
Artículo 40. Información a las personas adolescentes

Toda persona adolescente tiene derecho a ser informada sobre las razones por las que se le detiene, acusa, juzga o impone una medida; el nombre de la persona que le atribuye la realización del hecho señalado como delito; las consecuencias de la atribución del hecho; los derechos y garantías que le asisten y el derecho a disponer de una defensa jurídica gratuita.

La información deberá ser proporcionada en un lenguaje claro, sencillo, comprensible y sin demora, de manera personal y en presencia de la o las personas responsables de la persona adolescente, de su representante legal o de la persona que el adolescente haya designado como de su confianza.



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